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Bioética en urgencias: un análisis a partir de “La muerte del señor Lazarescu"

por Gomez, Ana Isabel, Pedraza López, Natalia Andrea, Pinto Bustamante, Boris Julián

Universidad de Rosario

Resumen

Los servicios de urgencias son escenarios especialmente complejos para la atención de los pacientes, en donde la posibilidad de vulnerar sus derechos y de producir daño es muy alta. Los profesionales de la salud que trabajan en este ámbito deben ser conscientes de los deberes que tienen, en especial, la responsabilidad de proteger la vida de las personas sin olvidar la importancia del respeto a la dignidad y autonomía desde una perspectiva humanística, en la que se individualice al paciente. La película “La muerte del señor Lazarescu” será el escenario para analizar críticamente, desde la perspectiva bioética, las problemáticas de seguridad del paciente y de consentimiento por representación en los servicios de urgencias.

Palabras Clave: Urgencias Médicas | Bioética

Bioethics in emergency services: an analysis from “the death of mister Lazarescu”

Abstract

The emergency services are especially complex scenarios for patient care, where the possibility of violating their rights and causing harm is very high. Health professionals working in this field must be aware of the duties they have, especially the responsibility to protect people’s lives without forgetting the importance of respect for dignity and autonomy from a humanistic perspective, in which the patient is individualized. The film "The death of Mr. Lazarescu" will be the setting to critically analyze, from a bioethical perspective, the issues of patient safety and consent by representation in the emergency services.

Keywords: Emergencies | Bioethics
 

Introducción

Los servicios de urgencias son uno de los escenarios de atención más complejos, donde los profesionales de la salud deben tomar decisiones sobre el cuidado de las personas. Entre otras razones, esto se debe a que los pacientes que consultan padecen enfermedades graves que amenazan su vida y se encuentran en un estado de vulnerabilidad que puede limitar el ejercicio de su autonomía. Además, no se cuenta con toda la información clínica requerida, los tiempos para la atención son limitados, los servicios suelen estar saturados y la probabilidad de eventos adversos es mayor. En este contexto se requiere de experticia técnico-científica y de habilidades que permitan identificar valores en conflicto y resolver los problemas desde una perspectiva humanística, con sus implicaciones éticas y jurídicas.

La película rumana “La muerte del señor Lazarescu” (2005, dirigida por Cristi Puiu), escenifica el complejo escenario de atención de urgencias y nos servirá como hilo conductor para la reflexión ética sobre dos temáticas centrales: la seguridad del paciente y el consentimiento por representación.

La cinta inicia con la llamada al servicio de ambulancias de un hombre de 63 años, viudo, quien vive solo en difíciles condiciones de salud, debido a que desde hace dos días sufre un fuerte dolor de cabeza y vómito. Su hija reside en Canadá, y su única hermana, en otra ciudad. Inicialmente es valorado en su domicilio por una enfermera, quien observa que luce mucho mayor a su edad cronológica, refiere pérdida de peso y dolor abdominal. Tiene como antecedentes relevantes una cirugía por úlcera gástrica y consumo frecuente de alcohol. La enfermera decide trasladarlo para su atención, pero los hospitales de la zona se encuentran abarrotados, debido a que la misma noche hubo un accidente de tránsito, lo que hará que sea trasladado sucesivamente a tres instituciones. En cada una será atendido de forma incompleta; tomarán diversos exámenes diagnósticos sin que se resuelva el problema que amenaza su vida. Finalmente, en horas de la madrugada, llega al servicio de urgencias del Hospital Badgasar, con el diagnóstico de posible neoplasia hepática y hematoma subdural compresivo y, dado su deterioro neurológico antes de poder ser intervenido quirúrgicamente, fallecerá.

Seguridad del paciente y principio de no maleficencia y justicia

Se entiende por evento adverso, el resultado negativo de la atención en salud (muerte, discapacidad, infección, aumento de los días de hospitalización o incapacidad, entre otros) que es producido sin intencionalidad. Se clasifica, de forma general, en evento adverso prevenible y no prevenible, que se diferencian en la posibilidad de evitar o no el desenlace negativo, dado el estado actual del conocimiento médico (Institute of Medicine (US) Committee on Quality of Health Care in America, 2000).

Los eventos adversos no prevenibles, generalmente, no implican responsabilidad ética o jurídica. Por otro lado, si bien el enfoque de los eventos adversos prevenibles no debe ser punitivo, con miras a fortalecer los procesos de mejoramiento continuo de la calidad, es posible que generen responsabilidad, debido a que en ellos está presente una acción insegura (por falta de conocimiento o por descuido), que no es contenida por una barrera de seguridad en el contexto de factores contributivos (Taylor-Adams y Vincent, 2004).

El origen del evento adverso, por definición, es el resultado de la compleja interacción en el curso de la atención entre personas, procesos, tecnologías y sistemas, donde acciones inseguras que se presentan sucesivamente, y que no son contenidas por barreras de seguridad, finalmente conducen a la muerte o daño de un paciente (este mecanismo se describe como la teoría del queso Suizo) (Reason, 2000; Institute of Medicine (US) Committee on Quality of Health Care in America, 2000).

Cuando se analiza reflexivamente el proceso de atención del señor Lazarescu, que termina con su muerte, es evidente que esta se pudo haber evitado de haber realizado un diagnóstico y manejo oportuno de la enfermedad. En cada momento de la atención se observan acciones inseguras en un contexto de múltiples factores contributivos:

  1. El paciente tenía una condición médica grave, a la que se adiciona la toma de medicamentos que pueden empeorar la enfermedad (aspirina para la hemorragia subdural y AINES para la úlcera gástrica).
  2. Su red de apoyo estaba dispersa, por lo cual no cuenta con acompañantes.
  3. La ambulancia demora en llegar; la enfermera que actúa como primer respondedor no cuenta con los conocimientos necesarios para identificar los signos de alarma que presentaba el paciente para advertir un evento cerebrovascular e hipertensión intracraneana.
  4. El primer médico que valora al paciente en el Hospital San Spiridon se centra en otra sintomatología y no realiza un examen físico completo, justificándose en que debe atender a muchos otros pacientes, tras lo cual decide redireccionar la ambulancia.
  5. En el segundo hospital en el que atienden al señor Lazarescu realizan un examen neurológico de manera tardía, evidenciando signos de focalización y deterioro neurológico. Solicitan neuroimágenes que evidencian un hematoma subdural que, sumado al deterioro neurológico, son indicativos de manejo neuroquirúrgico urgente. Aún así, el médico radiólogo decide realizar una segunda tomografía que tenía ordenada para valorar su hígado, difiriendo el procedimiento necesario.
  6. Esa misma noche se presentó en la ciudad un accidente de tránsito con múltiples heridos con trauma craneoencefálico, por lo cual el Hospital Universitario no tenía disponibilidad de salas de cirugía y deciden remitir al señor Lazarescu.
  7. En el Hospital de Filaret le exigen al paciente firmar un “documento de renuncia de responsabilidad” para poder llevar a cabo la cirugía, pero el paciente no está en capacidad de consentir ni tiene acompañantes. Se mantiene una estructura jerárquica, en donde el médico impone su criterio al de la enfermera de la ambulancia (gradiente de autoridad), perdiendo el sentido de la atención, que es proteger la vida del señor Lazarescu. El neurocirujano, quien tenía los recursos, habilidades y conocimientos para proceder, se niega a atenderlo debido a que no quiere enfrentar responsabilidad penal en caso de que la cirugía no sea exitosa, y por tanto, remite nuevamente al paciente.
  8. La ambulancia llega al Hospital Bagdasar. La médica de urgencias determina, sin examinar al señor Lazarescu, que tiene un puntaje en la escala de coma de Glasgow de 8. El equipo de salud pasa inmediatamente a salas de cirugía. Durante la preparación para el procedimiento no hay neurocirujanos ni anestesiólogos en la sala, y en un momento, el personal de enfermería deja al paciente solo en la camilla, con estado de conciencia alterado.
  9. En los escenarios de atención se observan profesionales de la salud cansados, saturados de trabajo o que hacen juicios de valor sobre el señor Lazarescu debido a sus antecedentes de consumo de alcohol.

Desde la perspectiva de la ética principialista, un deber prima facie es el de no hacer daño, el cual se concreta en el principio de no maleficencia (Beauchamp y Childress, 2009). El ámbito de la seguridad del paciente se materializa en las responsabilidades éticas y jurídicas de los profesionales de la salud respecto a la gestión de las contingencias adversas en los procesos de atención: las personas no pueden ser expuestas a riesgos injustificados o desproporcionados; los procesos deben ser diseñados identificando los posibles peligros o acciones inseguras, así como las barreras de contención o seguridad; se deben buscar activamente los errores latentes y contar con sistemas que permitan la detección temprana, de tal forma que se evite la materialización de los riesgos o se manejen oportunamente sus consecuencias (Gómez y Espinosa, 2006).

Cuando el evento adverso ocurre, la vida y la salud del paciente constituyen la prioridad. Se debe informar a este o su representante de lo ocurrido (Nasiripour, Raiessi y Jafari, 2018), reportar a la institución o a las autoridades de salud cuando es requerido (Edwin, 2009), y analizar el evento para mejorar los procesos de atención dentro de un contexto de cultura de la seguridad no punitiva (Sorrell, 2017), con el fin de evitar su recurrencia. Finalmente, cuando se trata de un evento adverso prevenible, el respeto al principio de justicia implica el empleo de métodos alternativos de resolución de conflictos, mediante los cuales se repare el daño. Al tiempo, desde el principio de justicia, entendido éste en un sentido amplio del término, los profesionales de la salud deben dar cuenta de sus actos en los casos de responsabilidad (Guzmán, 2001), cuando se actúa contrario a la ética y al derecho.

La muerte del señor Lazarescu pudo ser evitada, y si bien la película no lo muestra, nos preguntamos si sus familiares fueron informados de la cadena de errores cometidos durante el proceso de atención. Lamentablemente, desde una perspectiva reduccionista, posiblemente los médicos del Hospital Bagdasar serán acusados de su muerte durante un proceso de responsabilidad profesional, si bien fueron los únicos que realmente valoraron adecuadamente la gravedad de su estado y decidieron intervenir.

Consentimiento informado y principio de autonomía

Concentramos nuestro interés en el proceso de atención del Hospital Filaret, el tercer lugar al que es remitido el señor Lazarescu, para el análisis de las problemáticas éticas relacionadas con la temática del consentimiento informado.

En el Hospital Universitario, segunda institución donde es valorado el paciente, tras dilaciones en el proceso de atención, se le diagnosticó un hematoma subdural expansivo que comprometía su vida y requería una intervención quirúrgica de urgencia; sin embargo, las salas de cirugía estaban llenas debido al número de pacientes que había ingresado por el accidente de tránsito. Por esta razón, deciden remitir nuevamente al paciente al Hospital Filaret.

A su ingreso a esta institución, la enfermera del servicio de ambulancias, quien lo ha acompañado durante todos los traslados como única garante de la continuidad en el proceso de atención, señala al equipo de urgencias el diagnóstico, los signos de deterioro neurológico (disartria, parálisis) y la urgencia de la intervención quirúrgica, enfatizando que llevan más de 5 horas en la carretera. Comenta además que su hermana viene en camino desde otra ciudad, a lo que el médico replica que esto es imposible, que el paciente debe contar con un acompañante.

El señor Lazarescu, para este momento, se encontraba confuso, desorientado, disártrico, afásico y hemipléjico; incluso, confunde a una de las médicas con su hermana. Los profesionales perciben su aliento alcohólico. El neurocirujano presupone que no le oye bien, por lo que habla en voz alta y despacio, le indica el diagnóstico, así como el origen de los síntomas y la necesidad de la intervención. Le menciona los riesgos de la cirugía, en lenguaje técnico, sin verificar si está en condiciones para comprender la información, sin mayores explicaciones, de manera irrespetuosa y deshumanizada.

Uno de los profesionales de salud, al no lograr una comunicación fluida, le señala al paciente, “no hable, que no le entiendo nada”. Los médicos insisten en que para ser operado debe firmar un “documento de renuncia de responsabilidad”, en el que acepta los riesgos de la intervención. No deja de resultar llamativo el que se denomine así al formato de consentimiento informado. Para el neurocirujano parece más importante obtener la firma del documento, que el proceso de información y la compresión para la toma de decisiones, y cuando describe los riesgos, lo hace de forma incompleta (sólo menciona la muerte y la parálisis), sin contextualizar la probabilidad de ocurrencia.

La médica le solicita que firme el documento, y él replica “no puedo, estoy paralizado”. La profesional toma la mano del paciente para ayudarlo a firmar, por lo que la enfermera le señala que no puede hacerlo, dada su hemiplejía. El médico afirma que si lo opera sin el documento firmado, y muere, irá a la cárcel. Finalmente, pregunta al paciente si quiere irse a casa. El señor Lazarescu, confuso y desorientado, dirá que sí, por lo que cierran la nota en la historia clínica, registrando que él no quiere ser intervenido. La enfermera decide trasladar el paciente a otra clínica, donde fallece.

La autonomía constituye el derecho que tiene cada persona a tomar decisiones libres e informadas respecto a su vida, salud, integridad y datos personales, imponiendo límites a terceros respecto a lo que pueden hacer en el ámbito del cuidado de su salud. Para ejercer este derecho se requiere de información, discernimiento y libertad. En el proceso de atención se protege la autonomía de los pacientes a través del consentimiento informado. Si bien se presume que todas las personas son autónomas para la toma de decisiones, algunas no lo serán, y en estos casos se debe consultar al representante legal para garantizar los derechos del paciente. En ausencia de representantes, la protección de tales derechos es transferida al equipo de salud. La autonomía está limitada por los derechos de los demás y el interés general (Beauchamp y Childress, 2009; National Commission for the Protection of Human Subjects of Biomedical and Behavioral Research, s.f.).

La autonomía requiere para su ejercicio de información, discernimiento y libertad. La información debe ser clara, completa, veraz, en un lenguaje que no sea técnico, asegurando la comprensión por parte del paciente. Debe incluir los contenidos que sean necesarios para la decisión que se está tomando, como son, entre otros: la descripción del procedimiento, los objetivos que se persiguen con este, la probabilidad de alcanzarlos, los riesgos, los beneficios asociados y las alternativas existentes. Siempre se debe permitir al paciente ampliar la información según sus propias necesidades (Cocanour, 2017). La extensión de la información dependerá, entre otros factores, de la urgencia del procedimiento, su carácter experimental, la afectación de derechos fundamentales, etc. En los casos de emergencia vital el deber de información disminuye, en aras de la rapidez con la que se debe actuar para salvar la vida de una persona.

Un error que cometen frecuentemente los profesionales de la salud es entender este proceso como la mera entrega de datos y no un acto de comunicación bidireccional, en donde la comprensión para la toma de decisiones es fundamental. En la película se observa como el médico asume el proceso de información como un requisito con el que debe cumplir para no incurrir en responsabilidad jurídica, no como el respeto a la dignidad del otro, y dado que no es necesaria la compresión, se emplean tecnicismos que son imposibles de entender por un lego. Además, el señor Lazarescu se encuentra afásico y disártrico, lo que dificulta el proceso de comunicación.

El discernimiento es la habilidad que tiene una persona para hacer un juicio racional y exteriorizar su voluntad, lo que implica entender la información, analizar los posibles cursos de acción y sus consecuencias, balancear riesgos y beneficios y contextualizar las posibilidades en las preferencias y valores personales. Para esto se requiere un conjunto de habilidades funcionales y, en los casos de discapacidad cognitiva, de apoyos para la toma de la decisión, lo cual constituye una tendencia contemporánea en términos del progreso de la protección de los derechos de las personas con discapacidad. Las personas pueden aceptar (consentir) o rechazar (disentir) lo propuesto por el profesional de la salud. El discernimiento está determinado por el desarrollo neurocognitivo y psicológico, así como por causas crónicas, irreversibles y progresivas de la función cognitiva (enfermedades neurodegenerativas como Alzheimer o Parkinson) o por trastornos temporales (efectos de medicamentos o sustancias psicoactivas, infección, lesión cerebral, enfermedades metabólicas, delirio, trastornos mentales), o también por el estado emocional (odio, ira, tristeza, pasión) (Cocanour, 2017; Fields y Calvert, 2015).

La competencia puede ser valorada en el ámbito clínico. Como explican Fields y Calvert (2015) algunas herramientas soportadas por la evidencia científica para cumplir con este propósito son: el Mini-Mental State Exam (que rápidamente identifica si se requiere de evaluaciones adicionales), Hopemont Capacity Assesment Interview (que valora la toma de decisiones utilizando casos hipotéticos de terceros), MacArthur Competence Assessment Tool for Treatment y Capacity to Treatment Instrument (el cual plantea problemas desde una perspectiva de primera persona).

El señor Lazarescu tiene diversos factores que afectan su capacidad cognitiva para hacer un juicio racional: la existencia de una lesión neurológica aguda (se observa confuso, agitado), el consumo de alcohol y la lesión neoplásica hepática, que podría estar condicionando una alteración metabólica. Además, sus circunstancias anímicas no son las mejores. A esto se adiciona que no puede exteriorizar adecuadamente su voluntad, por la afasia y la disartria, siente miedo de morir, dada la información descontextualizada que le entrega el neurocirujano. En este caso es evidente que el paciente no es competente para decidir y, ante la duda, se debió valorar la competencia con alguna de las herramientas ya descritas. Debe señalarse que el rechazo terapéutico requiere de un nivel pleno de competencia.

La libertad es la independencia de la voluntad. Ésta es coartada cuando las personas reciben información errónea, cuando se les manipula, coacciona, intimida, o fuerza para decidir algo en contra de sus reales deseos, o cuando la voluntad es reemplazada por otros. En este caso es claro que el médico induce al paciente a decir que quiere ir a su casa, ante la negativa de este de firmar el documento.

El consentimiento informado es el resultado de un proceso de comunicación entre el profesional de la salud y el paciente, o su representante legal, en el cual hay un acuerdo de voluntades que tiene un efecto jurídico. Como se anotó, la decisión puede ser aceptar o rechazar. Si bien desde el punto de vista jurídico equivale a la figura de un contrato, y por tanto requiere de unos requisitos de existencia y validez jurídica, es ante todo un acto humanístico, que tiene una dimensión ética. La exteriorización de la voluntad de un paciente o de su representante se puede hacer de forma explícita (verbal o escrita) o tácita. Generalmente, para las intervenciones quirúrgicas, dados los riesgos asociados, se prefiere que la voluntad se manifieste por escrito en formatos de consentimiento informado. Sin embargo, se debe aclarar que esto no reemplaza la comunicación adecuada en la relación médico-paciente (Cocanour, 2017). Uno de los errores del equipo médico del Hospital Filaret es que intentan reducir el acto médico a un acto documental, que supuestamente exonera de responsabilidad jurídica. Cabe aclarar que, la firma de este documento no exonera de responsabilidad al equipo de salud, dado que se trata de una emergencia médica en la que no se cumplen los requisitos de existencia y validez jurídica (no hay competencia para discernir, la información es insuficiente y hay un vicio de la voluntad mediante el uso de la fuerza).

Se debe señalar que, sin bien el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar (consentimiento directo) o hacerlo a través de su representante legal (consentimiento indirecto, sustituto, subrogado o por representación), las leyes de los distintos países también prevén excepciones al deber de informar y solicitar consentimiento para intervenir a los pacientes. Algunas de estas son: ausencia de representantes para un paciente con compromiso cognitivo y necesidad de practicar procedimientos que no pueden ser diferidos; el privilegio terapéutico (el escenario en que la información produce mayor daño que beneficio); cuando existan riesgos para la salud pública; el rechazo del paciente a participar en el proceso de toma de decisiones, y en el caso de emergencias médicas vitales, si no es posible obtener el consentimiento (Cocanour, 2017).

Otro error representado en la película fue insistir en la firma del documento dada la alteración cognitiva del paciente y el riesgo inminente para su vida, pues en este contexto no se requería de consentimiento informado. El señor Lazarescu tenía una patología que comprometía gravemente su vida, con signos claros de rápida evolución que conduciría a su muerte si no era intervenido con carácter urgente. Además, no contaba con la capacidad cognitiva ni para consentir ni para rechazar.

En estos casos, el médico tiene tres posibilidades: la primera es recurrir al representante legal, si está presente. En segundo lugar, preguntar si el paciente ha formalizado un documento de voluntad anticipada (Howard, 2012), el cual constituye un mecanismo de extensión de la autonomía en el tiempo y consiste en un documento en el que una persona competente y capaz legalmente manifiesta, previamente y por escrito (o por otros medios inequívocos) sus preferencias de cuidado en caso de encontrarse en una circunstancia en que no pueda hacerlo, especialmente en el final de la vida (Breu, 2012). En algunos países existen registros de estos documentos en bases de datos nacionales. En ningún momento se indaga sobre este aspecto en la película. Finalmente, proteger el principio del mejor interés del paciente (Dresser, 2006), que en este caso, equivale a preservar su vida e integridad. De no hacerlo, se incurre incluso en un delito: la omisión de socorro. Es claro que ante el falso conflicto que enfrenta el neurocirujano, entre elegir la vida del paciente o contar con la protección jurídica que él cree le otorga el “documento de renuncia de responsabilidad”, él opta por proteger en la decisión el interés secundario, que es su propio interés. Los profesionales deben preservar en las decisiones el interés primario de su profesión, en este caso, la vida, salud e integridad del paciente.

Reflexiones finales

La muerte del señor Lazarescu evidencia la necesidad de centrar los esfuerzos de la atención de los pacientes no solo en la dimensión técnico-científica, sino en la humanística. La capacidad de empatía de los profesionales de la salud que podían intervenir quirúrgicamente al protagonista posiblemente hubiera evitado la cadena de errores que condujeron a su muerte. La enfermera que lo acompaña en los traslados se convierte en su defensora ante su estado de vulnerabilidad; sin embargo, las estructuras rígidas y jerarquizadas, presentes en los servicios de salud, impiden que pueda lograr su propósito.

Lamentablemente, en el imaginario de los médicos prevalecen conceptos erróneos y distorsionados sobre el proceso del consentimiento informado que le restan su valor y lo reducen a un acto mecánico y documental, lo cual impide que cumpla con su verdadero objetivo: el respeto a la dignidad y autonomía de las personas en la relación médico paciente.

Es fundamental que la formación de los profesionales de la salud incluya, de forma transversal e integrada, aspectos éticos y jurídicos en los que estos sean abordados desde una perspectiva humanística. Debe existir claridad sobre los principios y valores asociados con las profesiones, relacionadas con la salud de las personas y las comunidades, así como con los derechos que estas poseen y los deberes profesionales correlativos a estos. La seguridad de los pacientes, la protección de su vida y salud, y el respeto a su autonomía deben ser temáticas centrales de los currículos.

Referencias

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NOTAS





COMENTARIOS

Mensaje de Guiomar López  » 30 de octubre de 2020 » guiomarlopez@hotmail.com 

Excelente análisis y reflexión, tanto de la saturación de los sistemas de salud, como de las implicaciones éticas y médico legales. Evidencia el desconocimiento de la normatividad por parte de los actores del sistema y la necesidad de incluir dentro de los programas de salud pedagogía sobre las mismas. Pero también refleja la necesidad de reformas de fondo en los sistemas de salud deshumanizados tanto para los profesionales de salud como para los usuarios. El trabajo logra vislumbrar todas las problemáticas que se están viviendo actualmente y deja reflexiones muy importantes para el avance en este campo.



Mensaje de Andrea  » 28 de octubre de 2020 » andreaannabel@yahoo.com 

Muy interesante análisis de los aspectos éticos y los entrecruces legales que se desarrollan en el film. Trabajé la película en debate grupal con colegas de la salud pública, desde el ángulo de la relación profesional- paciente. A lo largo del film no se logra ubicar al paciente como Sujeto de derechos. Y se plantea la cuestión de la responsabilidad profesional, o sea de la capacidad de quienes lo atienden de responder por sus actos.



Mensaje de Juan Pablo Bocanegra De Castro  » 28 de octubre de 2020 » juanp.bocanegra@urosario.edu.co 

Ser paciente es un estado de vulnerabilidad al cual, desafortunadamente, nos hemos vistos o nos veremos obligados a vivir e. Ahora bien, sumado a ese estado de vulnerabilidad, el escenario de urgencias puede ser una mezcla que termine de violentar la integridad y dignidad del paciente.
Esta película ejemplifica de manera casi fehaciente, lo que desafortunadamente, muchos hemos tenido que vivir ya sea en primera o tercera persona y es la violación de los principios que rigen la ética médica y adicionalmente, la lucha de egos que muchas veces está instaurada en los servicios hospitalarios.
Para nosotros, el personal de salud, y más para aquellos que aún estamos en formación, es indispensable que entendamos que, por encima de nuestra posición DEBE estar la integridad y el mejor interés del paciente. La lucha de egos genera un mal ambiente de trabajo y han sido numerosos los estudios que han demostrado que un mal ambiente de trabajo lleva a que la incidencia de eventos adversos aumenten.
La muerte del señor Lazarescu nos permite, no sólo hacer un análisis desde la perspectiva técnico-científica de cómo los principios de beneficencia y no maleficencia se ven vulnerados, sino también, y como lo ilustra la entrada, cómo la parte humanística en esta producción artística es resaltada negativamente. Es esencial establecer una adecuada empatía con el paciente, familiares, compañeros de trabajo, etcétera para no comprometer la relación contractual que se establece tácitamente cuando se realiza la atención de un paciente. El ser humano es una compleja construcción de múltiples esferas que lo constituyen como tal, por eso, sin importar el escenario, el paciente o la condición, debemos recordar, como personal de salud, que la parte humanística es un pilar fundamental sobre el cual debe estar cimentada toda relación médico paciente.
Y para finalizar, algo que me gustaría agregar es que, así como nosotros debemos cumplir y darle a nuestros pacientes lo mejor de nosotros para una excelente atención , idealmente también sería importante que las personas encargadas de contratos, condiciones de trabajo y demás garanticen a su personal de salud jornadas, lugares y salarios que dignifiquen y mantengan motivados a sus trabajadores. No es forma de justificación, pero muchas veces, los malos tratos, los eventos adversos y demás desenlaces desafortunados son resultado de un trabajador de la salud que está cansado, desmotivado y como se diría vulgarmente en Colombia, explotado laboralmente.
En conclusión, esta pieza artística ejemplifica de manera importante todo lo que NO se debe hacer al momento de recibir y tratar un paciente en el servicio de urgencias.



Mensaje de Adriana Godoy  » 5 de septiembre de 2020 » adricedoy@gmail.com 

El excelente análisis de esta película nos deja muchos temas para reflexionar: médicos insertos en sistemas hospitalarios desbordados, donde el sufrimiento de pacientes y sus familias es vivenciado como algo cotidiano y hace que se invisibilice; la burocracia que prima sobre el dolor; el deterioro progresivo de un paciente desencadenado por el abandono, sin tener en cuenta su miedo a morir.
Personalmente, considero que es de suma importancia dar a conocer esta realidad para poder revertirla, como así también, incluir en la formación de profesionales de la salud esta veta humanística, teniendo en cuenta que una buena relación médico-paciente, es primordial para la contención y protección de las personas que pasan por estas difíciles situaciones




Película:La muerte del señor Lazarescu

Titulo Original:Moartea domnului Lãzãrescu

Director: Cristi Puiu

Año: 2005

Pais: Rumania