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Discriminación y violencia a la comunidad trans

por Arigós, Guadalupe, Contreras, Sebastián

Resumen

A lo largo de la historia la comunidad trans ha sufrido discriminaciones y violencias de todo tipo. Se propone en este trabajo una lectura posible de algunas de esas situaciones problemáticas, tomando como soporte audiovisual el capítulo 8 de la serie Tales of the city, traducida al castellano como Historias de San Francisco. Metodológicamente, el trabajo consiste en una investigación de tipo cualitativa, encontrando sustento en el método clínico-analítico de lectura de films.

Palabras clave: Trans | Violencia | Historias de San Francisco | Marco Normativo

Introducción

El objetivo que persigue este trabajo es realizar una articulación, un diálogo posible, entre la teoría y la serie televisiva seleccionada. El recorte que realizamos, entonces, es desde una doble perspectiva. En lo que respecta al marco teórico, se toman los aportes de las teorías de género, con autores como Butler, Benjamin, Grau, Tajer. Al mismo tiempo, la normativa vigente en nuestro país resulta de suma importancia a la hora de contrastar con lo visto en la serie, principalmente la Ley 26.473. En última instancia, se toman en cuenta cuestiones sociales de violencia (con los aportes de Dejours) y salida laboral, considerando lo expuesto en la Ley 20.744.

La serie seleccionado es Tales of the city (2019, Lauren Morelli), traducida como Historias de San Francisco. Se hará foco únicamente en el capítulo 8, Days of small surrenders. En el mencionado capítulo, se observa un flashback que sitúa a la protagonista, Anna (Jen Richards), llegando a San Francisco en la década del ‘60. El capítulo muestra las vicisitudes de los primeros momentos de la protagonista trans en la ciudad, cómo se hace de un círculo de amistades, consigue trabajo y se enamora.

Metodológicamente, este trabajo consiste en una investigación de tipo cualitativa. A su vez, se tomaron los aportes del método clínico-analítico de lectura de films y series televisivas (Michel Fariña, 2014). El mismo propone recortar y hacer foco en distintos fragmentos de la serie televisiva para poder así analizarlos en su singularidad.

Este trabajo supone un aporte al estado del arte actual debido a que no encontramos trabajos previos que tomen como punto de partida la serie televisiva considerada aquí. Es destacable el escrito de López (2019), Singularidades sexualmente diversas, donde la autora considera en su análisis cuestiones relativas al sufrimiento y la discriminación que sufre la comunidad trans, analizando tales problemáticas desde el método clínico-analítico utilizando como soporte un film.

Diversidad sexual

Es necesario definir y distinguir, en primera instancia, identidad de género y orientación sexual. Según el documento Hablar de diversidad sexual y derechos humanos. Guía informativa y práctica (2017) la identidad sexual “es la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento” (p. 19). La orientación sexual, por su parte, “se refiere a la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, de su mismo género, o de más de un género” (p. 21). La orientación sexual refiere a la capacidad de sentir atracción entre pares y con consentimiento y es importante destacar que no se elige ni se aprende.

Por otro lado, se entiende por LGBTIQ a la “sigla que designa colectivamente a lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersex y queer. Esta sigla suele ir modificándose en la medida en que diferentes grupos se visibilizan” (p. 21). Para clarificar, se definirán cada uno de estos grupos de acuerdo al mencionado documento: Lesbiana hace referencia a mujer que siente atracción emocional, afectiva y sexual hacia otras mujeres. Gay refiere al hombre que siente atracción emocional, afectiva y sexual por otro hombre. Bisexual describe a la persona que siente atracción emocional, afectiva y sexual por personas del mismo género y del género opuesto. Trans es un término que identifica a personas travestis, transexuales y transgénero. Intersex refiere a personas cuyos cuerpos biológicos no se encuadran anatómicamente dentro de los patrones sexuales que constituyen el sistema binario varón/mujer. Queer trata de personas que rechazan todo tipo de clasificaciones hegemónicas del sistema binario varón/mujer. Finalmente, se identifica a una persona cisgénero como persona cuya identidad de género corresponde con el sexo asignado al nacer. El prefijo “cis” se utiliza como opuesto del prefijo “trans”.

Marco Normativo en Argentina

La lucha por el reconocimiento y la equidad de derechos por parte de la comunidad LGBTIQ se ha dado, y continúa al día de hoy, tanto a nivel local como internacional. Si bien el capítulo elegido se sitúa en los años sesenta en San Francisco, Estados Unidos, resulta interesante poder hacer una lectura y un contrapunto desde el marco legal que encontramos actualmente en nuestro país. De todas formas, es posible que el marco normativo, por más vanguardista que parezca, muchas veces choque con la realidad, resultando en la imposibilidad de llevar adelante la reglamentación ya sea por falta de recursos o por escasa voluntad política y profesional.

En mayo de 2012 el Congreso argentino sancionó la Ley de Identidad de Género luego de sostenidas luchas y reclamos a lo largo de los años de la comunidad LGBTIQ. El artículo Nº 2 de la misma especifica:

Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales (2012).

Esta reglamentación se corresponde con la línea planteada en los Principios de Yogyakarta de 2007 delineados por expertos en derechos humanos, activistas y académicos. En este documento se retoman derechos fundamentales de la comunidad LGBTIQ relacionados a la orientación sexual e identidad de género y se establecen recomendaciones que las Naciones Unidas y los Estados deben seguir en relación a esta temática. En el principio Nº1 se establece que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Los seres humanos de todas las orientaciones sexuales e identidades de género tienen derecho al pleno disfrute de todos los derechos humanos” (p. 10). En este sentido una de las recomendaciones que se le brinda a los Estados es que desde un enfoque plural y amplio integren sus políticas públicas considerando que la identidad humana incluye la orientación sexual y la identidad de género.

Por otro lado, resultan relevantes otros aportes para pensar la identidad de género, sexo biológico y orientación sexual. Débora Tajer (2013) recupera una noción de sexo ligado al orden biológico con características propias. Noción que la autora comenta es puesta en tela de juicio por dos motivos: El primero de ellos refiere a los avances científicos en términos de cirugías y tratamientos hormonales que modifican lo inmutable de lo biológico. En segundo lugar “la existencia de sujetos biológicamente intersex” (p. 136) obligan a dejar de pensar las categorizaciones en términos de masculino y femenino exclusivamente. Los aportes de Carlos Acosta (2010), quien retoma a Judith Butler, son interesantes para nuestro análisis. El autor afirma que “la orientación sexual, la identidad sexual y la expresión de género, son el resultado de una construcción-producción social, histórica y cultural, y por lo tanto no existen papeles sexuales o roles de género, esencial o biológicamente inscritos en la naturaleza humana” (2010, p. 87). En la misma línea la Organización Mundial de la Salud (OMS) sostiene que el género se relaciona estrechamente con las construcciones sociales, conductas y características que cada cultura le asigna a los hombres y las mujeres. Dichas construcciones son proclives a generar inequidades entre cada género (OMS, 2018).

Por su parte, en el documento Atención de la salud integral de personas trans. Guía para equipos de salud (2015) se define a las personas trans como “personas que viven en un género diferente al asignado al nacer, sino también a aquellas que eligen el tránsito entre los géneros, o no se identifican con ninguno” (p. 35). A través de esta nueva reglamentación se le reconoce a las disidencias los derechos, entre otras cosas, al acceso al Plan Médico Obligatorio incluyendo hormonización y cirugías. De acuerdo a lo mencionado en dicha Guía, la Ley Nº 26.743 propone un cambio de paradigma: de uno enfocado en la patologización a uno enfocado en los derechos, resultando una normativa de vanguardia en lo que refiere a la identidad de género. El reconocimiento que cada persona tiene de su cuerpo y su género debe ser respetado a nivel social, institucional y estatal. Se especifica que para acceder al sistema de salud, tanto público como privado, no deberá requerirse ningún tipo de evaluación psicológica, psiquiátrica o médica. Este punto plantea una sustancial diferencia con las normativas de otros países como México, Alemania, España, entre otros, donde para poder acceder al cambio de nombre y género en su documentación, la persona debe pasar necesariamente por una evaluación médico psiquiátrica. De acuerdo a la Ley Nº 26.743 toda persona tiene derecho a ser reconocida de acuerdo a nombre y género autopercibido, sin que sea necesario que haya cambiado dichos datos en su documento de identidad.

Diagnósticos y patologización

En la época en que transcurre el capítulo, década del 60, la patologización de la transexualidad estaba avalada desde lo que era entendido en ese momento como salud mental. Harry Benjamin había comenzado sus tratamientos con hormonas en Estados Unidos en la década del ‘50. Años después, ya en los sesenta, John Money comenzó a realizar cirugías de modificación de genitales, tanto en niños como en adultos, con graves consecuencias para sus pacientes. Se hablaba en ese entonces, como menciona Mas Graus (2017), de una diferenciación entre “transexual verdadero” (Benjamin, 1966) y “pseudotransexuales” (Mejía, 2006). Los primeros tenían como principal rasgo definidor la firme voluntad por parte del sujeto de someterse a la cirugía genital. Por otro lado, aquellas personas que no querían pasar por la operación era vistas como pseudotransexuales.

A finales del siglo XX el Manual diagnóstico y estadístico de trastornos mentales de la Asociación Americana de Psiquiatría, conocido por sus siglas en inglés como DSM, incorpora en 1980 a la transexualidad como un trastorno mental, representando así a la diversidad sexual como un cuadro patológico.

En el DSM IV se incorpora el “Trastorno de Identidad de Género”. Según Mas Grau una novedad de esta versión es que se elimina el trastorno específico respecto de personas que no tengan el deseo permanente de modificar sus genitales. Sin embargo, el autor aclara que “los criterios establecidos para el TIG (trastorno de identidad de género) siguen asociando estrechamente la transexualidad con el malestar corporal y el deseo de pasar por el quirófano” (p. 4).

Finalmente, en el DSM V el término seleccionado fue “disforia de género” donde, siguiendo al mismo autor

Con el cambio de denominación, la esencia del diagnóstico ya no es la identificación de género cruzada (la APA admite que la no conformidad de género no es per se un trastorno mental), sino “el malestar que puede acompañar a la incongruencia entre el género experimentado o expresado y el género que se asigna. No obstante, convertir el malestar (o su versión técnica “disforia”) en sinécdoque de la categoría diagnóstica supone otra forma más de homogeneizar la pluralidad que caracteriza al mundo “trans” (p. 6).

El mismo término del DSM V cambia el foco problemático de lugar: ya no está puesto en la identidad sino en el malestar que trae acarreado la falta de congruencia entre el sexo biológico y la identidad de género. Si bien parece a simple vista un avance, la Guía propone que no lo es ya que mantiene la perspectiva de normalización: ahora se diagnostica el sufrimiento, intentando establecer una normalización (que llevaría al bienestar) de congruencia corporal.

Se intentará, ahora, relacionar esta teorización con el capítulo de la serie. En primer lugar, todos estos aportes teóricos funcionan con el fin de entender la magnitud de algunas de las múltiples dificultades que atravesaba (y aún hoy atraviesa) la población trans. Una de ellas es la que se sostiene en el discurso científico que, como hemos visto, como mínimo desde la década del ‘60 ha intentado normativizar a las disidencias, interpretando a las mismas desde la lógica de la patologización. Esto se evidencia en reiteradas ocasiones en el capítulo, por ejemplo en el siguiente diálogo que la protagonista mantiene con Ysela, su amiga:

Anna:— Es lo que siempre quise ser. Una verdadera dama.
Ysela:— Te felicito, has cumplido tus sueños.
A — No. En realidad no del todo. Por eso me mudé aquí. Me enteré de un médico…
Y — Tú y todas las chicas de aquí.
A — ¿Lo conoces?
Y — ¿Dr. Keene? Les da hormonas a todas.
A — Estoy ahorrando para la cirugía.
Y — ¿Una chica bonita como tú? Seguro te autorizará. Aunque nunca reunirás el dinero, nadie puede.

El discurso médico impone su postura calando hondo las disidencias, donde la operación que unifica genitalidad con identidad de género es un anhelo generalizado en las mujeres del capítulo. Aparece fuertemente el binarismo genitalidad/género. Para ser una verdadera dama es necesario que el género vaya unido a los genitales: no se puede ser una verdadera mujer si no se cuenta con los genitales del sexo femenino. Dicho binarismo, el cual es una de las formas más comunes de exclusión y discriminación, aparece a lo largo de todo el capítulo. Tomemos otros recortes. Tommy se ofrece en ayudar a Anna en lo que respecta a lo económico para ahorrar en pos de la cirugía; finalmente, con la pareja ya disuelta, Tommy le da una suma importante de dinero mientras afirma “búscate una casa y conviértete en la mujer que debes ser”.

En este recorte, también, se evidencia otra cuestión que resulta relevante para nuestro análisis. Anna se muda a San Francisco, una gran ciudad, debido al hecho fundamental de que no contaba con acceso a tratamientos de hormonas ni cirugías en su ciudad natal. Esto contrasta claramente con la normativa actual en nuestro país donde el estado debiera garantizar a través del sistema público y privado de salud dichos tratamientos e intervenciones en todo el territorio.

Presencia del Estado y banalidad del mal

La idea del Estado como benefactor, un Estado presente, benévolo, fue reemplazada hace tiempo. En su lugar, se observa lo contrario: un Estado ausente, controlador, más asequible a reprimir que a encontrar otra vía de resolución de conflictos.

En relación al capítulo presentado para este trabajo se observa a la policía como institución que representa al Estado. Es su brazo y está sumamente presente, aunque presente en su faceta más negativa: presente para cobrar “peaje” (quedarse con una parte del dinero ganado por el trabajo sexual), presente para expulsar, presente para reprimir. Se evidencia un accionar claro por parte de la policía de San Francisco, que apunta a expulsar, a marginar. La única presencia por parte del Estado es una presencia punitiva: está presente para sancionar.

Se observa que, por un lado, existe un vacío de acción por parte del Estado en el sentido que no responde de la manera en que debería responder, esto es, estar presente desde la defensa de los derechos humanos. A su vez, hay una población específica que sufre: la comunidad trans. Sufren la inacción, en cuanto a garantizar derechos, y la violencia del Estado y sufren por sus problemas específicos: esperanza de vida no mayor a los 35 años, falta de oportunidades laborales, falta de acceso al sistema de salud local y discriminación, entre otros. En este sentido, siguiendo a Dejours (2007), se advierte que en este cruce particular entre población excluida y vacío del Estado se incurre en la injusticia, injusticia que trae acarreada la infelicidad de esa población en particular. Esta inacción es constante, ya se ha convertido en una regla, por lo cual el autor afirma que la injusticia se naturaliza. A esta naturalización de la injusticia, Dejours la teoriza como banalidad del mal. Con este término, el autor plantea que se habla de infelicidad cuando en verdad lo que sucede es que estamos frente al ejercicio del mal de uno (en este caso el Estado) por sobre otro (la comunidad trans).

Siempre siguiendo al autor, se entiende que una vez que la banalidad del mal se hace presente, su destino es volverse crónica. Una vez instalada, no hay soluciones a corto plazo sino que requiere de toda una estrategia para poder desmantelarla. Es menester, en todo caso, realizar acciones para interrumpir que ese proceso avance. Es posible ubicar, dentro del capítulo seleccionado, una acción puntual que busca poner un freno a ese avance de la banalización del mal en la escena en la que las mujeres trans se toman de los brazos, formando un cordón humano, dentro de la cafetería Compton’s, negándose a abandonar el lugar. Este acto, que trae como consecuencia un violento accionar por parte de la policía, intenta poner un freno a la banalidad del mal en el sentido que funciona para visibilizar a la comunidad por fuera de sus lugares de pertenencia, busca incomodar a quienes ejercen el mal o, al menos, no sufren la exclusión.

Otra escena que es importante considerar es el segmento televisivo que aparece al inicio del capítulo seleccionado. Allí se escucha a un presentador que describe a homosexuales, travestis y drags, como un nuevo “movimiento clandestino” que crece en las grandes ciudades, tomando paulatinamente distintos lugares de la cotidianeidad, desde cafeterías a discotecas. Este informe también sigue la lógica de la perpetuidad de la banalidad del mal y funciona a los fines del Estado de excluir y crear opinión pública acerca de las disidencias, fomentando la discriminación. El informe se apoya en “estudios recientes” (sin citar cuáles), mecanismo que funciona a los fines de buscar mayor legitimación, utilizando al mundo científico y académico como sustento del discurso de odio que se propaga.

Salida laboral en personas trans

La Organización Internacional del Trabajo (OIT), define en su Tesauro (2007) al trabajo como el conjunto de actividades humanas (ya sean remuneradas o no remuneradas) que producen bienes o servicios dentro de una economía, o que satisfacen las necesidades de una comunidad o que proveen los medios de sustento para los individuos. En contraparte, en el mismo texto se define al empleo como cualquier tipo de trabajo que se efectúa a cambio de un pago.

En el contexto de nuestro país, la Ley Nº 20.744 (Ley de contrato de trabajo, 1976) entiende por trabajo lo que la OIT define como empleo, esto es: en nuestro país, según la normativa, el concepto de trabajo se entiende como toda actividad lícita que se preste mediante una remuneración. Sumada a la misma, la Ley Nº 14.783, sancionada en 2015 en la provincia de Buenos Aires, dictamina que dentro del sector público de la Provincia, una proporción no inferior al 1% debe ser ocupada por personas transexuales, travestis y transgénero, persiguiendo así la promoción de la igualdad de oportunidades de empleo. Sin embargo la misma no se aplica porque aún no ha sido reglamentada.

A su vez, resulta relevante la conceptualización realizada en Atención de la salud integral de las personas trans. Guía para equipos de salud (2015). En el capítulo tres de dicho documento se desarrolla la problemática del trabajo para las personas trans. La exclusión que sufre esta población es una vulnerabilidad de derechos que se extiende a todas las esferas: trabajo, educación, salud, etc. Allí se releva una encuesta realizada de manera conjunta entre INDEC - INADI en nuestro país. Según la misma, el 20% de las feminidades trans no realiza actividad remunerada alguna; el 80% se dedica a la prostitución y/o trabajo sexual. En el episodio seleccionado se evidencia claramente: todas las mujeres trans se dedican al trabajo sexual, a excepción de Anna.

El trabajo sexual conlleva toda una serie de riesgos que impactan en la subjetividad de la persona que lo ejerce. Siguiendo a la Asociación de Mujeres Meretrices de Argentina (AMMAR), lo que conlleva a riesgos es la falta de un marco legal que garantice el acceso a la igualdad de derechos del resto de trabajadores y trabajadoras (AMMAR, 2015). Los riesgos mencionados son de índole diversa: violencias, enfermedades (sobre todo de transmisión sexual), calidad y oportunidades de vida. Todos ellos están íntimamente relacionados y desembocan en la mayor problemática de la comunidad trans: la esperanza de vida. Según una encuesta realizada por la Asociación de Lucha por la Identidad Travesti-Transexual (ALITT), citada en la Guía, de 592 personas trans fallecidas el 43% falleció entre los 22 y los 31 años, mientras que el 33% falleció entre los 32 y 41 años. Como principales causantes de muerte, el número uno es el VIH (55%) y en segundo lugar los asesinatos, siendo más del 16% (p. 42-43). Si bien los datos presentados son propios de nuestro país, en el capítulo seleccionado para el análisis esto también está presente: Ysela se sorprende de que Anna haya vivido tanto, “quiero saber cómo sobreviviste, tengo 26 años, ¿tú tienes cuánto, 40?, las chicas como nosotras no vivimos tanto”. En otra escena Ysela comenta sobre Lily “no sé si es fuerte para llevar esta vida”. Finalmente, en otro diálogo Ysela le cuenta a Anna que “Rhonda se contagió gonorrea” y luego le pregunta a Anna si el novio la maltrata. En estos diálogos y escenas se ponen en evidencia los riesgos que corren las feminidades trans del episodio que, por no tener mejores posibilidades en cuanto a ingreso laboral, ejercen la prostitución y/o el trabajo sexual.

Consideraciones finales

En el trabajo se ha intentado realizar un análisis teórico del capítulo seleccionado, articulando las distintas teorías y el soporte audiovisual. Este trabajo es solamente una de las muchas lecturas posibles a ser realizadas, entendiendo que este tópico es sumamente amplio y está en constante debate, lo cual produce nuevos aportes. Tanto fragmentos como teoría son solo un recorte que apuntan a dar cuenta de lo trabajado, sin embargo esta lectura no pretende ser exhaustiva, sino por el contrario invita a nuevas teorizaciones.

En el recorrido planteado, se observa cómo este contexto de violencia se ve reflejado en la falta de posibilidades en cuanto al acceso a un trabajo formal, la discriminación constante manifestada por la sociedad y un marco legal que no reconoce ni protege a esta minoría. Sumando a ello la ausencia de garantías con respecto al cumplimiento de derechos humanos, es posible pensar que toda esta violencia impacta en la subjetividad de cada persona.

Teniendo en cuenta la complejidad de esta problemática es necesario preguntarnos acerca del malestar subjetivo en esta determinada población. Si se toman en cuenta los aportes de los manuales diagnósticos y determinados marcos teóricos se podría considerar que la transexualidad es patológica de por sí. Sin embargo también es posible una lectura más amplia que tenga en cuenta la complejidad de estas situaciones considerando que es este contexto hostil, violento y excluyente el que genera sufrimiento subjetivo y no la transexualidad misma. Como profesionales de la salud cabe preguntarnos qué postura tenemos respecto de la diversidad sexual. La línea divisoria aunque al día de hoy continúa siendo discutida es muy clara: nos posicionamos en la vereda de la patologización o nos posicionamos desde la otra vereda junto con los derechos humanos y en pos de la libertad y el deseo de cada persona.

Bibliografía

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Benjamin, H. 1966. The Transsexual Phenomenon. New York, Estados Unidos: Warner Books.

Dejours, Ch. (2007) La banalización de la injusticia social. Buenos Aires: Topía.

Michel Fariña, J. J. (2014). Ética y cine: el método clínico-analítico de lectura de películas y sus aportes a la psicología (Tesis doctoral, Facultad de Psicología, Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires, Argentina).

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NOTAS





COMENTARIOS

Mensaje de MONTSERRAT DIAZ  » 22 de septiembre de 2019 » mdiazmem@gmail.com 

Interesante trabajo sobre la transexualidad y su evolución histórica en las sociedades occidentales. La discordancia entre sexo y género mostrada en la serie evidencia que, a pesar de no tratarse de enfermedad alguna, se observa un paralelismo entre el estigma sufrido en algunas enfermedades, como por ejemplo el VIH-SIDA y la transexualidad. Cuando, además, transexualidad y enfermedad se han visto asociadas, se ha generado un rechazo social importante por estos colectivos, favorecido también por los estados. Esta discordancia, y la falta de justicia social con la que en la serie se trata a este colectivo, conlleva el ferviente deseo por parte de estas mujeres a corregirla a través de una intervención quirúrgica y finalmente, formar parte de la sociedad con pleno derecho. Gracias por señalar la evolución de este fenómeno social que todavía actualmente presenta signos de exclusión social.




Película:Historias de San Francisco

Titulo Original:Tales of the City

Director: Lauren Morelli

Año: 2019

Pais: USA